Términos de Uso y Privacidad

TERMINOS Y CONDICIONES

ALCANCE DE LOS SERVICIOS DE INSPECCIÓN

En virtud del presente Contrato VERIFIGAS, asume la obligación de prestar los Servicios de Inspección, los cuales se regirán y estarán en plena conformidad con lo dispuesto en los Anexos 30 y 31 de la Resolución Miscelánea Fiscal vigente. Los mencionados Servicios de Inspección comprenden la revisión y análisis de los equipos y programas informáticos utilizados en la implementación de controles volumétricos.

El objetivo primordial de estos servicios es determinar el nivel de cumplimiento de dichos equipos y programas informáticos con las normas técnicas de funcionalidad y seguridad establecidas en el Anexo 30.

En caso de que, durante la prestación de los Servicios de Inspección, se identifiquen hallazgos o se determine que las especificaciones técnicas que señala el Anexo 30 y el Anexo 31 no son cumplidas en su totalidad, VERIFIGAS se compromete a emitir la notificación correspondiente, detallando las áreas de incumplimiento y, si corresponde, las recomendaciones para su corrección.

Las Partes se comprometen a adherirse a todos los alcances, requisitos, formalidades y procesos detallados en esta cláusula, la cual ha sido debidamente suscrita por ambas Partes. Esta cláusula estipula las condiciones particulares de los Servicios de Inspección y manifiesta un compromiso recíproco para su cumplimiento.

Servicio de Inspección Conforme al Anexo 31 de la Miscelánea Fiscal (2022 y/o 2023)

El Servicio de Inspección se presta en tres etapas obligatorias

Etapa 1: Recopilación de Información Documental.

Para llevar a cabo de manera efectiva los Servicios de Inspección, VERIFIGAS solicitará al CLIENTE cierta información y/o requisitos que resultan indispensables verificar durante el proceso de inspección. Esta información se recopilará inicialmente de forma remota a través de documentos, y posteriormente se confirmará durante la visita en sitio. Entre los elementos que se deben proporcionar se encuentran los siguientes:

• Documentos legales y/o técnicos relativos a la operación y/o actividad en el manejo de hidrocarburos o petrolíferos.
• Documentos específicos respecto al cumplimiento del Anexo 30.
• Acceso y/o habilitación del equipo de tecnología de información para la correcta inspección de los sistemas informáticos de control volumétrico.
• En virtud del Procedimiento de Inspección en vigor de VERIFIGAS, todas las partes procederán a suscribir la Orden de Servicio. Se impone al CLIENTE la obligación de cotejar la veracidad de los datos consignados en la Orden de Servicio y de reportar cualquier discrepancia con suficiente anticipación a la visita en sitio.
• Finalizada la revisión documental, se suministrará al CLIENTE un informe pormenorizado de los hallazgos.

Etapa 2: Validación de Información en Sitio

VERIFIGAS generará un plan de visita en el sitio, para lo cual solicitará al CLIENTE describir los requisitos necesarios en cuanto a equipo de seguridad y documentación para el ingreso a las instalaciones.

• Plan de Visita: VERIFIGAS informará al CLIENTE sobre las actividades a llevar a cabo durante el Servicio de Inspección, incluyendo el nombre y función de los inspectores, la fecha y hora acordadas para la visita, así como el plan detallado de las actividades a realizar durante la visita. El CLIENTE deberá responder y confirmar que no existe ningún conflicto de interés con los inspectores designados.
• Visita en Sitio: El equipo de inspectores de VERIFIGAS acudirá presencialmente a las instalaciones del CLIENTE para inspeccionar y complementar la información documental proporcionada. Entre otras cosas, verificarán la conformidad del sistema con el Anexo 30, documentarán las evidencias presentadas y cooperarán con el CLIENTE para cumplir con el plan de visita.

Etapa 3: Análisis de Resultados y Certificación

VERIFIGAS realizará un análisis de los resultados obtenidos en el sitio y de los documentos recibidos por parte del CLIENTE, de acuerdo con los criterios establecidos en el Anexo 30 y 31.

• Resultados y Seguimiento de Hallazgos: VERIFIGAS enviará al CLIENTE un documento con los resultados obtenidos durante los Servicios de Inspección. En caso de hallazgos subsanables, las partes determinarán si procede una revisión extra de la documentación o de los nuevos elementos presentados por el CLIENTE.
• Envío de Certificado: Una vez concluidas las etapas del Servicio de Inspección y el seguimiento de hallazgos, se enviará al CLIENTE el resultado de la evaluación, describiendo la operación correcta o las fallas encontradas en los equipos y programas informáticos.

Otros Aspectos Relevantes

• El certificado expedido por VERIFIGAS retrata de manera fidedigna la situación al culminar la verificación y ostenta validez jurídica. Cualquier alteración o modificación que se efectúe en las instalaciones o sistema volumétrico posterior al certificado emitido puede modificar su estado de conformidad, y es responsabilidad exclusiva del CLIENTE mantener dicho estado de conformidad. Incumbe al CLIENTE la obligación de asegurar el cumplimiento de los plazos y requisitos estipulados por las autoridades competentes para la realización de notificaciones.

• De conformidad con la Ley de Infraestructura de la Calidad en México, y en apego a las normativas y regulaciones aplicables, el CLIENTE tiene el derecho de presentar una queja o apelación respecto a los resultados del servicio de inspección brindado. En caso de inconformidad con los servicios prestados, el CLIENTE podrá manifestar su queja o apelación mediante los siguientes mecanismos:

Portal Electrónico: El CLIENTE podrá presentar su queja o apelación en la sección de quejas del portal www.verifigas.com. Se deberá llenar el formato correspondiente proporcionando todos los detalles pertinentes de la inconformidad.

Correo Electrónico: Alternativamente, el CLIENTE puede enviar su queja o apelación al correo electrónico quejasysugerencias@verifigas.com. El correo debe incluir toda la información relevante respecto a la queja o apelación, y se deberá recibir acuse de recibo por parte de la empresa en un plazo no mayor a cinco días hábiles.

Verifigas se compromete a investigar y resolver cualquier queja o apelación presentada por el CLIENTE de manera imparcial, transparente y en un plazo razonable, en conformidad con los procedimientos internos y las leyes aplicables en México.

Plazo de Resolución de Hallazgos

VERIFIGAS establecerá un período para que el CLIENTE solucione los hallazgos detectados, sin exceder o afectar los plazos del Programa de Implementación, si el CLIENTE contara con uno