El SAT modifica plazo para corrección de anomalías

El SAT modifica plazo para corrección de anomalías

La Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP) de México ha publicado una modificación en los requisitos para los controles volumétricos de hidrocarburos en el Diario Oficial de la Federación (DOF).

Entre las modificaciones, se establece que los contribuyentes que obtengan un dictamen deberán proporcionar información detallada sobre el tipo de hidrocarburo o petrolífero de que se trate, el poder calorífico del gas natural y el octanaje de la gasolina, siempre que se trate del mismo lote y en la periodicidad señalada en el anexo 32 de la Resolución Miscelánea Fiscal (RMF).

Además, se amplía el plazo para atender cualquier falla o condición anómala de los componentes de los equipos y programas informáticos de 48 a 72 horas. También se establece que dicha falla o condición anómala debe ser reportada en la bitácora de eventos de los reportes de información que se entreguen a las autoridades correspondientes.

En cuanto a la presentación del certificado de la correcta operación y funcionamiento de los programas informáticos, se amplía el plazo hasta el 31 de julio de 2023, siempre y cuando los contribuyentes conserven como parte de su contabilidad las guías, instructivos, métodos de trabajo o manuales del fabricante para la correcta medición del hidrocarburo o petrolífero de que se trate, y en caso de que sus equipos y sistemas de medición hayan sido sometidos a alguna verificación, conserven la documentación que acredite el cumplimiento de las obligaciones en materia de medición.

Finalmente, se amplía hasta el 31 de diciembre de 2023 la facilidad para que los contribuyentes obligados a llevar controles volumétricos sigan emitiendo un CFDI diario, semanal o mensual, por todas las operaciones que realicen con el público en general, siempre que cumplan con los requisitos aplicables.

Fuente ONEXPO

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